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Caso Juana Rivas

La Fiscalía pide rebajar a la mitad la pena de cárcel de Juana Rivas

El Ministerio Público secunda la postura de la defensa de la madre de Granada al considerar que incurrió en un único delito de sustracción de menores, aunque fueran dos los hijos afectados

La justicia italiana archiva las denuncias de Juana Rivas por supuestos malos tratos

Juana Rivas ha sido condenada a cinco años de cárcel por dos delitos de sustracción de menores. Carlos Gil

L.R.

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha apoyado la revocación de la sentencia que condena a Juana Rivas a cinco años de prisión por dos delitos de sustracción de menores. A cambio, el Ministerio Público pide que sea condena como autora de un único de delito , lo que rebajaría la pena de cárcel de cinco años a la mitad.

En el escrito remitido a la Sala Segunda del Tribunal Supremo, la Fiscalía respalda una de las argumentaciones que hizo la defensa de la madre de Granada , que pidió en su recurso que se apreciara un único delito de sustracción de menores y no dos, con independencia de que fueran dos los hijos afectados.

De acuerdo con el escrito del fiscal, el Código Penal establece «con claridad» que la conducta que se pretende tipificar es la de sustracción o negativa a restituir al menor por parte de uno de los progenitores cuando las facultades inherentes a la custodia han sido atribuidas legalmente al otro.

Esto, a su juicio, «despeja el panorama sobre el bien jurídico protegido , que indudablemente, por expresa disposición del legislador, se centra en la necesidad de respetar las resoluciones judiciales».

Aunque el fiscal considera «evidente» que el interés superior del menor está presente en la norma , matiza que «ese interés no es propiamente el bien jurídico protegido» sino «la necesidad de respetar las decisiones judiciales en casos de separación o divorcio el bien digno de protección».

A ojos del fiscal, Juana Rivas no habría cometido dos delitos sino uno , al no haber respetado las resoluciones judiciales que le obligaban a entregar a sus hijos al padre, al que la justicia italiana ha concedido con posterioridad la custodia de los pequeños.

En contraposición, la defensa del progenitor, Francesco Arcuri , ha defendido en sus alegaciones ante el Supremo que «sin lugar a dudas» cada menor es un sujeto pasivo del delito y por tanto se debe condenar cada conducta individualmente, tal y como dos sucesivas sentencias han estimado conforme a las peticiones de las acusaciones».

La defensa del padre defiende que su argumentación se basa en la naturaleza del delito y cree que fiscal quiere «desnaturalizarlo» y dejarlo en que «estrictamente es una desobediencia o actuación contra la administración de justicia», y no además contra el bienestar de los menores y las relaciones con los padres, según consta el escrito al que ha tenido acceso Europa Press.

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