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Plataforma de afectados FX WINNING

ARÁNGUEZ ABOGADOS defiende ya a más de 4000 afectados por la organización criminal FX Winning. Es la única plataforma que ha denunciado esta estafa en España ante la Audiencia Nacional.
 
El procedimiento debe desarrollarse en nuestro país porque el principal responsable, David Merino Quintana, así como la mayoría de sus directos colaboradores, son españoles y están sometidos a esta jurisdicción. La estafa se inició en Las Palmas (Islas Canarias – España), y principalmente se comercializaba a través de una empresa llamada We are Turbo. Pero Turbo solo era un proyecto del propio estafador, aunque utilizaba testaferros como Juan Faber Esquivel y ocultaba la titularidad real de su principal sociedad residenciándola en Hong Kong (porque su registro mercantil no es accesible al público sin el previo pago de una tasa). Por supuesto, no tenían ninguna actividad, empleados, clientes u operaciones en China. La estafa se desarrolló inicialmente en España.
Muy pronto este engaño cobró dimensión internacional, porque David Merino impulsó un sistema de comercialización de su inexistente producto financiero a través de un sistema de “franquicias criminales” que le representaban en múltiples países (las denominadas MAM). ARÁNGUEZ ABOGADOS también está impulsando la acción penal contra los socios directos de David Merino en los distintos países, como por ejemplo Renan da Rocha Gomes Bastos en Brasil (CFT solutions), Cristhian Andrés Salinas Moreno en Italia (Turbo-Italia), o Teófilo Zúñiga Arredondo en México (TWT). No se trata de personas que han referido esta nefasta inversión a unas docenas de perjudicados, sino colaboradores estrechos de David Merino que han ganado muchos millones de dólares, presumiendo de ello en redes y desapareciendo después.
 
Puede unirse a nuestra plataforma de forma telemática, con independencia de su nacionalidad o país de residencia (ya contamos con representados de más de 20 naciones distintas), porque nuestra legislación así lo permite (art. 109 bis de la LECrim).
 
Precisamente en atención a esa norma procesal en casos como el que nos ocupa, con miles de víctimas, no pueden formularse múltiples denuncias individuales, sino que debe producirse una concentración de acusaciones.
 
Como es lógico, no estamos ante un mero incumplimiento de contrato que pueda resolverse ante la jurisdicción civil o mercantil, sino ante delitos de estafa, organización criminal, falsedad documental y blanqueo de capitales (lavado de activos). Solo ante los Tribunales penales españoles los perjudicados pueden reclamar los fondos que les han sido tan injustamente expoliados.
 
Si no denuncia, jamás podrán recuperar su inversión.
 
ÚNANSE YA A NUESTRA PLATAFORMA DE AFECTADOS CONTRA FX WINNIG Y SUS MARCAS VINCULADAS.

¿FX WINNING es una estafa?

FX WINNING y sus derivados tienen una localización un tanto dudosa (Chipre, Hong Kong, San Vicente y Las Granadinas), además, un producto inexistente. La empresa prometía unos beneficios asombrosos derivados de un opaco modelo de negocio. No disponían de un personal solvente cualificado y tampoco de un sistema de compliance. De hecho, en este tipo de estafas el marketing emocional es particularmente importante  con la finalidad de mantener el capital durante un tiempo para evitar que el capital cayera en sus primeros estadios.

Destacamos que la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) advirtió en distintas fechas, por los diferentes dominios que tenían, que se trataba de un chiringuito financiero; así como también lo hizo la ATM (Autorité des Marchés Financiers) que añadió a este bróker no regulado en su lista negra.

 

¿Qué delitos han cometido?

En ejercicio de la acusación particular este despacho ha considerado, después de haber estudiado a conciencia este caso, que han cometido los siguientes delitos:

  • El delito de Estafa del art 248 Código Penal, o bien con carácter subsidiario.
  • Delito de Apropiación indebida, tipificado en el artículo 253 del Código Penal.
  • El delito de Organización Criminal tipificado en el artículo 570 bis del Código Penal.
  • El delito de Blanqueo de Capitales tipificado en el artículo 301 de Código Penal.
  • El delito de Falsedad Documental comprendido entre el artículo 390 y ss del mismo texto legal.

¿Cómo inscribirse?

Tiene a su disposición 4 formas de adherirse a la denuncia colectiva contra FX Winning (autoinscripción con tarjeta de crédito, por transferencia bancaria, o mediante pago con criptomonedas)
 
1.- Autoinscripción y pago con tarjeta de crédito o débito:
 
Es la forma más rápida, cómoda y ágil de realizar la adhesión a la plataforma ya que usted mismo rellenará todos los campos y nuestro sistema registrará de forma inmediata los datos asociados a su denuncia. Con este método recibirá de forma inmediata el comprobante de pago y quedará inscrito en la plataforma, contando desde ese momento con nuestra representación en este procedimiento penal. Posteriormente un abogado de nuestra firma se pondrá en contacto con usted para indicarle los datos y documentos que debe aportar. Recuerde que los honorarios se abonarán por cada una de las cuentas que tenga.
Realizar autoinscripción
2.- Mediante Transferencia Bancaria.
 
Para inscribirse en nuestra plataforma por este método, debe enviarnos al correo info@aranguez.com la siguiente documentación:

1. Hoja de Encargo (descárguela en este enlace) 
2. Documento de identidad (cédula nacional, DNI, NIE o Pasaporte).
3. Pantallazos del estado de su contribución en el momento del cierre de la plataforma. (Si no dispone de capturas de pantalla puede rellenar la siguiente Declaración Jurada)
4. Justificante de transferencia de nuestros honorarios (150,00€). Los honorarios se abonarán por cada una de las cuenta que tenga.
5. Especificar que cantidad le adeuda en estos momentos FX Winning y sus marcas vinculadas (indicarla en Dólares o USDT)

 

3.- Mediante el pago con criptomonedas.
 
Para inscribirse en nuestra plataforma por este método, debe enviarnos al correo info@aranguez.com la siguiente documentación:

1. Hoja de Encargo (descárguela en este enlace) 
2. Documento de identidad (cédula nacional, DNI, NIE o Pasaporte).
3. Pantallazos del estado de su contribución en el momento del cierre de la plataforma. (Si no dispone de capturas de pantalla puede rellenar la siguiente Declaración Jurada)
4. Realizar el pago de (160,00 USTD) a nuestra Wallet TKiVZ3Umd82GHNc6NJ8kaixwCJxr6pPR5A (Red Tron). Recuerde enviar una captura de pantalla de la transacción. Los honorarios se abonarán por cada una de las cuenta que tenga.
5. Especificar que cantidad le adeuda en estos momentos FX Winning y sus marcas vinculadas (indicarla en Dólares o USDT)

4- SOLO PARA CIUDADANOS MEXICANOS O RESIDENTES EN MÉXICO:

Para inscribirse en nuestra plataforma en España, pero siendo ciudadano o residente mexicano, además de los métodos anteriores disfruta de una posibilidad adicional: puede hacer transferencia nacional en México a nuestra empresa en aquel país.

Si opta por esta vía, puede enviarnos un correo electrónico a esta dirección de mail: info@aranguez.com, con la siguiente información:

1. Hoja de Encargo (descárguela en este enlace).

2. Documento de identidad (cédula nacional mexicana, carnet de elector o Pasaporte).

3. Pantallazos del estado de su contribución en el momento del cierre de la plataforma. (Si no dispone de capturas de pantalla puede rellenar la siguiente Declaración Jurada).

4. Realizar el pago de la cuota de 2.900 Pesos Mexicanos. Ponemos a su disposición la siguiente cuenta:
Número de cuenta: 0120884936
Número de CLABE: 012180001208849365
Institución bancaria: BBVA
Nombre del Titular: Daza & Aránguez Consulting.

Recuerde enviar una captura de pantalla de la transacción. Los honorarios se abonarán por cada una de las cuenta que tenga.

5. Especificar que cantidad le adeuda en estos momentos FX Winning y sus marcas vinculadas (indicarla en Dólares o USDT).

6. Indique si entró a través de TWT u otra franquicia criminal (MaM) vinculada a FX Winning.

Si tiene alguna duda, puede contactar con nosotros en el tlf. 55 56 38 11 30 (Solo México).

4.- Solo para ciudadanos Mexicanos o residentes en México.
 
Para inscribirse en nuestra plataforma por este método, debe enviarnos al correo info@aranguez.com la siguiente documentación:
1. Hoja de Encargo (descárguela en este enlace) 
2. Documento de identidad (cédula nacional, DNI, NIE o Pasaporte).
3. Pantallazos del estado de su contribución en el momento del cierre de la plataforma. (Si no dispone de capturas de pantalla puede rellenar la siguiente Declaración Jurada)
4. Realizar el pago de la cuota de 2.900 Pesos Mexicanos, ponemos a su disposición la siguiente cuenta: 0120884936. Recuerde enviar una captura de pantalla de la transacción. Los honorarios se abonarán por cada una de las cuenta que tenga.
5. Especificar que cantidad le adeuda en estos momentos FX Winning y sus marcas vinculadas (indicarla en Dólares o USDT)
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Noticias de prensa

¿Debo enviar un poder para pleitos en el momento de denunciar?

No , no es necesario. El artículo 109 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal española (LECRIM) establece la posibilidad de prescindir de un “poder individual para pleitos” en casos de denuncias colectivas o de un número indeterminado de personas. Esta figura permite designar a una persona o entidad para que actúe en nombre y representación de todas las víctimas, evitando así la necesidad de que cada uno de ellos nombre su propio abogado. El objetivo de esta figura es agilizar el proceso judicial cuando se trata de un número elevado de personas afectadas por un mismo delito, porque lógicamente no puede haber cientos o miles de abogados acusadores en un procedimiento. Es una cuestión de pura lógica, de sentido común. La persona o entidad que representa al conjunto de víctimas ejercerá la representación del colectivo en todas las actuaciones judiciales, pudiendo comparecer en su nombre, interponer recursos y adoptar cualquier otra medida necesaria para la defensa de sus derechos. Pero no podrá cobrar en su nombre. Es importante destacar que esta figura está pensada para situaciones excepcionales en las que se requiere una atención inmediata y eficaz a un número elevado de personas perjudicadas por un delito. No obstante, su uso debe ser autorizado por el juez instructor del caso, tras consultar a las partes, quien evaluará si realmente se cumplen los requisitos necesarios para su aplicación. 

En resumen, el artículo 109 bis de la LECRIM española permite crear la Plataforma de afectados promovida por ARÁNGUEZ ABOGADOS contra FX Winning.

Si quiere recibir información periódica sobre esta estafa sin ningún compromiso ¡Complete este formulario!

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