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¿Qué es la Euroorden?
La euroorden es un instrumento jurídico de los Estados que conforman la Unión Europea y que consiste en la creación de un espacio de justicia, seguridad y libertad que permita la superación del clásico procedimiento de extradición.
La orden de Detención y Entrega (la euroorden), constituye un mecanismo que agiliza en gran medida la entrega de delincuentes y terroristas de un país a otro. Se trata del resultado de un gran esfuerzo orientado a la supresión de la extradición entre los Estados Miembros, debiéndose sustituir por un sistema de entrega entre autoridades judiciales.
¿Cómo se define la euroorden?
La orden de Detención europea viene definida por la Decisión Marco del Consejo, de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados Miembros, en su artículo 1, como una resolución judicial dictada por un Estado Miembro con vistas a la detención y la entrega por otro Estado Miembro, de una persona buscada para el ejercicio de acciones penales o para la ejecución de una pena o una medida de seguridad privativa de libertad.
Importancia
La Decisión Marco es calificada como la primera y más simbólica medida de aplicación del principio de reconocimiento mutuo en el ámbito de la cooperación judicial penal. Tal consideración tiene que ver con las innovaciones que el nuevo instrumento introduce en relación con la extradición (que es el instrumento tradicional para la entrega de personas entre Estados soberanos a efectos de enjuiciamiento o de ejecución de condenas) y con la asunción del principio de reconocimiento mutuo.
El artículo 31.1 de este texto impone que sus disposiciones “sustituirán” a partir del 1 de enero del 2004 a toda una serie de tratados multilaterales en materia de extradición: unos celebrados en el seno del Consejo de Europa, de manera que entre sus partes figuran tanto Estados Miembros de la Unión Europea o como Estados que no lo son, y otros celebrados en el seno de la Unión, de los que son partes Estados Miembros únicamente.
¿Cuándo se puede dictar una orden de detención europea?
Se podrá dictar una orden de detención europea por aquellos hechos para los que la Ley del Estado Miembro emisor señale una pena o una medida de seguridad privativas de libertad cuya duración sea al menos de doce meses o, cuando la reclamación tuviere por objeto el cumplimiento de condena a una pena o medida de seguridad no inferior a cuatro meses de privación de libertad.
Esta orden tendrá lugar, sin control alguno de la doble tipificación de los hechos, por el principio de doble incriminación, para determinados delitos, siempre y cuando estén castigados en el Estado Miembro emisor con una pena o medida de seguridad privativas de libertad de al menos tres años.
Entre estos delitos se encuentra el de pertenencia a organización criminal, trata de seres humanos, explotación sexual y pornografía infantil o el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
¿Qué contiene la euroorden?
La orden de detención europea contendrá la información que se señala en el artículo 8.1 de la Decisión Marco anteriormente mencionada. Se requiere la identidad y nacionalidad de la persona buscada, el nombre, dirección, número de teléfono, dirección de correo electrónico de la autoridad judicial emisora, indicación de la existencia de una sentencia firme, de una orden de detención u otro tipo de resolución judicial ejecutiva, la naturaleza y la tipificación jurídica del delito del que se trate, así como una descripción de las circunstancias en las que se cometió, como el momento, lugar y el grado de participación en el mismo de la persona buscada.
¿Cuándo se podrá comunicar la euroorden?
Una vez se conozca del paradero del delincuente, la autoridad judicial emisora podrá comunicar la orden de detención europea directamente a la autoridad judicial de ejecución, que será la autoridad judicial del Estado Miembro de ejecución que resulte competente para ejecutar la euroorden en virtud del derecho de ese Estado.
El deseo de aceleración encuentra su principal manifestación en la fijación de los plazos de notable brevedad para la resolución de las solicitudes de entrega. La autoridad judicial de ejecución decidirá la entrega en los plazos y condiciones previstos en la Decisión Marco, pero en todo caso la orden se tramitará y ejecutará con carácter urgente.
En los casos en los que el sujeto buscado acceda a la entrega, la decisión definitiva sobre la ejecución de la orden de detención europea deberá tomarse en el plazo de los diez días siguientes a la emisión de su consentimiento. En los casos en los que no se dé el consentimiento del delincuente, la decisión deberá tomarse en el plazo de los sesenta días siguientes a la detención.
¿Qué representa la euroorden?
La euroorden representa el instrumento pionero de la filosofía con la que, desde la Unión Europea, trata de dar respuesta desde mediados de la década de los noventa a las insaciables demandas de seguridad. Estas demandas se derivan de la supresión de los controles en las fronteras interiores, en un contexto caracterizado por la intensificación de los fenómenos de criminalidad transnacional organizada a nivel global.
Someter el proceso de entrega a procedimientos reglados, eliminando la discrecionalidad tradicionalmente vinculada a una extradición, encomendar el poder decisorio necesario para su gestión a los órganos judiciales, y reducir al mínimo los trámites para su formalización, constituyen las principales contribuciones de la euroorden.